LA ADECUACION PERMITE AL ESTADO RESOLVER SUS PROPIOS PROBLEMAS SIN ACUDIR A LAS CORTES INTERNACIONALES.
- COMISEDH continúa con la campaña: Perú cumple tu palabra, que busca la urgente adecuación al Estatuto de Roma.
- Nos acompaña Dania Coz, coordinadora del área legal de la COMISEDH, quien nos explica el porqué es urgente esta adecuación.
La necesidad de poder adaptar nuestra legislación persona al Estatuto de Roma es, sumamente necesaria para evitar la impunidad en crímenes contra derechos humanos como los de lesa humanidad. Si bien las adaptaciones no tienen carácter retroactivo, estas servirían para tipificar crímenes que no han sido establecidos y poder juzgar por ejemplo la prostitución forzada que se da en nuestro territorio y no esta incluido en nuestro marco legal.
El estatuto se remonta hasta la II Segunda Guerra Mundial y tipifica crímenes de lesa humanidad, lo que significa un gran hito en derecho internacional humanitario, debido a esto se creo la Corte Internacional Penal, que no sólo juzga estados, sino también a individuos, lo que es sumamente importante en el caso de crímenes de derechos humanos, que como sabemos son procesos largos y muchas veces difíciles por la falta de reconocimiento del Estado.
“En el tema de delito de desaparición forzada, en ejecución extrajudicial, si están tipificados, pueden ser mejor juzgados por el ministerio público, hace que el estado tenga las herramientas suficientes para sancionar estos delitos, ya sean por fuerzas del estado o grupos como sendero luminoso” nos explica. “En este momento solo esta tipificado, los procedimientos, es decir, como el estado peruano acata ciertas normas como procesos de captura y extradiciones, sin embargo, el gran grueso de la tipificación de los delitos de lesa humanidad aún no está mencionados correctamente”.
En el caso de los juicios que están en proceso y tienen apelaciones, se debe tener en cuenta que muchos procesos están prescritos, abren actuares que hacen que los delitos prescriban, no sólo en le caso de los mandos militares, sino en el caso Soras, que se ha dilatado tanto, y que nuestro código penal no específica que la ejecución extrajudicial solo menciona que lo cumplen los miembros del Estado y no grupos para militares, en este caso la tipificación ayudaría en el proceso judicial.
Desde el año 2006 hay iniciativas que nos pueden ayudar a la correcta adecuación, pero es evidente que lo que falta es una voluntad política. A falta de una adecuación correcta, el año 2018 se impulsó una Ley Penal Especial, en la que se busca implementar los crímenes que no están en el Código Penal, pero aún no se ha logrado que se pueda presentar en el Congreso, y si en esto no se puede avanzar en esta reforma.
Frente a la problemática de hoy en día, que las fuerzas armadas han salido a las calles en apoyo a la policía nacional nos refiere que es un aspecto un poco problemático, porque pueden cometerse crímenes de derechos humanos, ya que se habla de personal que no esta capacitado en temas de responsabilidad del superior, o con conocimientos concernientes a procedimientos de detención sin uso de la fuerza.
Nuestro programa ILLARIY construyendo nuestra historia, llega a gracias al apoyo de la Unión Europea, en el marco del proyecto: Prevención y rendición de cuentas en tiempos de justicia transicional (Perú/Colombia), y se emite los miércoles a las 9.00am en el Facebook de la COMISEDH y en su versión en quechua los martes a las 6.00 pm.
Lima 03 de marzo de 2022
Oficina de Comunicaciones
COMISEDH