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La Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) en relación al cambio sorpresivo y sospechoso del magistrado Marco Cerna Bazán, considera que los criterios utilizados para nombrar al nuevo juez Otto Santiago Verapinto Márquez son inaceptables. En este sentido, manifiesta:
  1. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) es un órgano técnico de gobierno del Poder Judicial, que tiene como función constituir colegiados y designar o dar por concluidas las funciones de los magistrados que las integran. El CEPJ depende directamente del Presidente del Poder Judicial, Dr. Víctor Ticona Postigo, quien refrenda las resoluciones administrativas del CEPJ.
  2. El día de ayer, el CEPJ ha decidido la sustitución del magistrado Cerna Bazán en el Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional al final del proceso, afectando el debido proceso y el principio de inmediación, sustituyéndolo por un juez sin experiencia en juzgamiento de casos de graves violaciones a los derechos humanos. Debemos señalar que el CEPJ no puede decidir arbitrariamente los cambios de jueces; éstos deben ser debidamente justificados, estableciéndose criterios razonables y técnicos.
  3. Cerna Bazán solicitó su apartamiento del Colegiado “B” que presidía, aduciendo problemas de salud; sin embargo, se mantendrá en cinco casos de graves violaciones a los derechos humanos que venía conociendo, y en su carga de trabajo en el distrito judicial de Lima Sur. Por ello, consideramos que esta condición de salud no es razón suficiente para perturbar la etapa final de un caso emblemático como el asesinato del periodista Hugo Bustíos.
  4. Como órgano técnico, el CEPJ debió mantener a Cerna Bazán en los procesos que se encuentran en su etapa final, como son los casos de Hugo Bustíos y Sonia Muñoz Cuadros. En el caso Bustíos, Cerna Bazán era Presidente del Colegiado “B”, director de debates, y encargado de elaborar la sentencia.
  5. El nuevo magistrado designado por el CEPJ para reemplazar a Cerna Bazán es Otto Santiago Verapinto Márquez. Su trayectoria como juez empezó recién este año, cuando fue nombrado Presidente de la Sala Laboral de la Corte Superior de Tumbes. Resulta inaceptable el criterio del CEPJ para designar a este magistrado como integrante del Colegiado “B” de la Sala Penal Nacional, que exige vasta experiencia y especialidad en el juzgamiento de graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad en el contexto de la violencia política.
  6. Sharmelí Bustíos, hija del periodista asesinado, manifestó: “…este cambio repentino es una afectación grave al debido proceso, que se orienta claramente a la impunidad y absolución del acusado Daniel Urresti Elera”.
Por lo tanto, COMISEDH demanda el cambio del magistrado Verapinto Márquez por otro que reúna las cualidades y la experiencia indispensables para el juzgamiento de graves violaciones a los derechos humanos. Este cambio deberá ser efectuado inmediatamente, pues de lo contrario se quebraría (reiniciaría) el juicio, generándose impunidad.
Hacemos un llamado a la opinión pública, a los hombres de prensa y a los organismos nacionales e internacionales de periodistas a pronunciarse apoyando la justa demanda de la familia de Hugo Bustíos y COMISEDH, y estar atentos al desarrollo y pronunciamiento final de este proceso.
Lima, 29 de setiembre de 2016
Oficina de Comunicaciones
Comisión de Derechos Humanos
COMISEDH



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