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Foto: Melina Mejía / Andina

Los magistrados de la Sala Penal Nacional rechazaron hoy la aplicación del derecho de gracia a favor de Alberto Fujimori Fujimori en el proceso penal que se le sigue por la matanza de seis comuneros en Pativilca.

En su resolución, los integrantes del colegiado manifestaron que el derecho de gracia otorgado por el Presidente Pedro Pablo Kuczynski es incompatible con la obligación de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones de derechos humanos y, por lo tanto, no surte efectos en dicho proceso penal.

Ello debido a que la Resolución Suprema N° 281-2017-JUS adolece de graves defectos de motivación como el no precisar los delitos o procesos para los cuales se concede el derecho de gracia, ni explicar el tipo de enfermedades que padece el interno, su relación con las condiciones penitenciarias y cómo éstas pueden poner en riesgo su vida e integridad.

La decisión señala además que no se presentan los requisitos formales que requiere el derecho de gracia de acuerdo a la Constitución. Esto es, haber transcurrido en exceso el doble del plazo de instrucción permitido por ley -24 meses-, el mismo que se debe considerar recién desde el día en que la justicia chilena aprobó la ampliación de la extradición, el 5 de junio de 2017.

La Dra. Dania Coz, Coordinadora del Área Legal de COMISEDH expresó que la decisión de la Sala Penal Nacional es acertada pues reconoce que “aunque las gracias presidenciales sean una facultad discrecional, no puede ejercerse de forma arbitraria, vulnerando el marco constitucional y los derechos de las víctimas a la verdad y justicia”. La abogada señaló además que dicha decisión “sienta un precedente para la inaplicación del indulto y derecho de gracia a Fujimori en otros procesos”.

Cabe señalar que la defensa de Fujimori ha anunciado que apelará la decisión judicial.

19 de febrero de 2018



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